Blogia

josevillalba

Tabla Financiera F/P

Tabla Financiera F/P

Tabla Financiera P/F

Tabla Financiera P/F

Creación del Banco del Tesoro BNT

En esta dirección encontras una presentación el ppt sobre la creación del Banco del Tesoro de Venezuela (BNT).

Es un diseño Instruccional que busca como objetivo, dar a conocer un enfoque de la creación de este Megabanco de Plataforma Universal.

http://www.slideshare.net/guestf14ab5/creacin-del-banco-del-tesoro-bnt

Planificación y Diseño Instruccional.

Planificación y Diseño Instruccional.

Conceptos Básicos

 

Instrucción: Es el acto de preparar, enseñar, aconsejar u ordenar a un receptor un conjunto de acciones con el fin de aumentar sus capacidades en un futuro inmediato.

 

Es una Variedad discursiva donde saltan dos aspectos relevantes a conocer:

 

  Aspecto pragmático.


    El emisor prepara el conjunto de acciones.

    El receptor, código lingüístico y códigos icónicos

    El receptor universal, usa los códigos icónicos por encima de lenguas naturales y culturas.

  Aspectos estructurales.
El objetivo queda reducido al título o ser más amplio. En estos casos, se combina con la exposición.

Las instrucciones para la consecución de tal objetivo. Suelen aparecer divididas en apartados.
    Atendiendo a la forma en que se presentan las instrucciones, se pueden seguir varios criterios:

   Ordenación cronológica.

   Ordenación lógica.

   Causa-efecto
   Condición-consecuencia

   Ordenación según el rango

 

Enseñanza: Es el proceso mediante el cual se comunican o transmiten conocimientos especiales o generales sobre un determinado asunto, este concepto es restringido porque se limita a transmitir, por medios diversos, determinados conocimientos.

La Enseñanza resulta no solo un deber, sino un efecto de la condición humana, ya que es el medio con que la sociedad perpetua su existencia. Por tanto, como existe el deber de la enseñanza, también, existe el derecho de que se faciliten los medios para adquirirla, para facilitar estos medios se encuentran como principales protagonistas el Estado, que es quien facilita los medios, y los individuos, que son quienes ponen de su parte para adquirir todos los conocimientos necesarios en pos de su logro personal y el engrandecimiento de la sociedad.

 

La instrucción y la enseñanza es una Unidad, quizás pudiesen separarse etimológicamente, pero en la Educación forma una unidad inseparable.

 

Teoría de Instrucción y Teoría del Aprendizaje.

 

La teoría de aprendizaje busca modifica o crear en esencia las conductas de un sujeto, y las reorganiza para ajustarlas a nuevos fines. Son teorías más complejas, porque abarcan una nueva concepción del educando como sujeto, de su entorno y de quienes lo rodean. Las teorías del aprendizaje van mucho más allá, y es por eso que en pedagogía hoy se habla de la necesidad de teorías de aprendizaje, y no tanto de instrucción.

 

Una teoría del aprendizaje trata de explicar el proceso por el cual un individuo "aprende" en distintas situaciones. Estas teorías explican el proceso desde distintos puntos de vista: conductista, cognitivo, desarrollista, constructivista. Cada una tiene sus fortalezas y debilidades y por lo general tienen su origen en la psicología o la pedagogía.

 

Los fundamentos de las teorías de aprendizaje:

1.    Conductismo: se basa en los cambios observables en la conducta del sujeto. Se enfoca hacia la repetición de patrones de conducta hasta que estos se realizan de manera automática.

 

2.    Cognoscitivismo: se basa en los procesos que tienen lugar atrás de los cambios de conducta. Estos cambios son observados para usarse como indicadores para entender lo que esta pasando en la mente del que aprende.

 

3.    Constructivismo: se sustenta en la premisa de que cada persona construye su propia perspectiva del mundo que le rodea a través de sus propias experiencias y esquemas mentales desarrollados. El constructivismo se enfoca en la preparación del que aprende para resolver problemas en condiciones ambiguas.

 

Por otro lado, las teorías de la instrucción apuntan a generar nuevos conocimientos en los educandos, para que se integren a los preexistentes.

Existen métodos y técnicas de instrucción basados en las teorías del aprendizaje, es decir, según como se conceptué el proceso de aprendizaje se diseña un método o una técnica para la enseñanza.

 

 

            

       FUNDAMENTACIÓN DEL DISEÑO DE INSTRUCCIÓN

 

 

PLANIFICACIÓN “TRADICIONAL”

 

¿Qué es Planificación?

Planificación es la tarea o proceso que permite decidir qué hacer para cambiar una situación problemática, modificar situaciones insatisfactorias o evitar que una situación dada empeore. Comienza con la identificación de un problema o una realidad que se quiere transformar y para ello debe organizar actividades en el tiempo y asignar los recursos oportunos.

 

·        PLANIFICAR significa pensar antes de actuar, pensar con método, de manera sistemática

·        La planificación es la herramienta para pensar y crear el futuro

·        Se trata, por consiguiente de una herramienta vital, de libertad: o sabemos planificar o estamos obligados a la improvisación.

 

 

Características de la Planificación

 

- Es un proceso. Esto significa que su elaboración y ejecución requieren de tiempo. La planificación también es un proceso porque no es estática.

 

- Es participativa: se realiza a partir de la gente y con la gente que luego será la que se “beneficie” de los proyectos o planes que se diseñen, deben de participar todos los docentes de la misma área.

 

- Es concreta: la planificación organiza la forma en que se implementará una política. Diseña un plan, que debe ser concreto y claro y debe concluir a solucionar el problema o dar respuesta a la realidad a la que responde el plan para llegar a un objetivo específico.

 

- Debe priorizar. La planificación implica priorizar, escoger y llevar a cabo aquellas actividades cuyos resultados sean más factibles de conseguir y que tengan un mayor impacto sobre el problema a resolver.

 

El diseño Instruccional.

Los profundos cambios que se han producido a raíz de los avances tecnológicos no dejan a un lado la forma como se viene diseñando la instrucción. De hecho, la evolución de los diseños instruccionales procede de perspectivas teóricas distintas y los adelantos de la tecnología informática está incidiendo en la concepción de los diseños instruccionales, abordados ya no sólo como procesos sistemáticos, sino sistémicos, entendiendo por ello que, en el diseño instruccional, se conciben fases cada una estrechamente relacionada con las demás. Los diseños instruccionales de hoy día se caracterizan por ser procesos integrales y holísticos, dialécticos, creativos y flexibles, de tal manera que el diseño de instrucción se convierte en un devenir.

 

Teorías de Aprendizaje – Algunas fortalezas y debilidades.

 

Conductismo

 

Debilidades El que aprende podría encontrarse en una situación en la que el estímulo para la respuesta correcta nunca ocurre, por lo tanto el aprendiz no responde. – Un trabajador al que se le ha condicionado solo para responder a ciertas situaciones de problemas en el lugar de trabajar, de pronto puede detener la producción cuando sucede algo anormal y el no es capaz de encontrar una solución por no entender el sistema.

 

Fortaleza – El que aprende sólo tiene que concentrarse en metas claras y es capaz de responder con rapidez y automáticamente cuando se le presenta una situación relacionada con esas metas. Se acondiciona para reaccionar a una situación mostrada en forma automática.

 

Cognitivismo

 

Debilidad – El aprendiz aprende a realizar una tarea, pero podría no ser la mejor forma de realizarla o la más adecuada para el aprendiz o la situación. Por ejemplo, acceder al Internet en una computadora podría no ser lo mismo que acceder en otra computadora.

 

Fortaleza – La meta es capacitar al aprendiz para que realice tareas repetitivas y que aseguren consistencia. Acceder dentro y fuera a una computadora del trabajo es igual para todos los empleados; es importante realizar la rutina exacta para evitar problemas.

 

Constructivismo

 

Debilidad – en una situación donde la conformidad es esencial, el pensamiento divergente y la iniciativa podrían ser un problema. Tan solo imaginemos, lo que sucedería con los fondos fiscales, si todos decidiéramos pagar impuestos de acuerdo a los criterios de cada quien.

 

Fortalezas – como el que aprende es capaz de interpretar múltiples realidades, está mejor preparado para enfrentar situaciones de la vida real. Si un aprendiz puede resolver problemas, estará mejor preparado para aplicar sus conocimientos a situaciones nuevas y cambiantes.

 

 

¿Cuál es la mejor teoría de aprendizaje para el diseño instruccional?

 

Pueden servir de apoyo diferentes teorías, dependiendo de los estudiantes y de la situación. El diseñador instruccional tiene que entender las debilidades y fortalezas de cada teoría de aprendizaje para poder optimizar su uso en el diseño de la estrategia adecuada. Las teorías de aprendizaje son de gran ayuda porque le permiten tener una visión más amplia del proceso para identificar nuevas posibilidades y formas diferentes de ver el mundo. Como quiera que sea, realicemos o no, la mejor decisión sobre el diseño, esta debe estar sustentada en nuestros propios conocimientos sobre esas teorías. Una Aproximación es la Ecléctica (combinar lo mejor de las diferentes teorías) para una Teoría en el Diseño Instruccional.

 

La función del diseño instruccional es más la aplicación de una teoría, que la teoría misma. El intentar atar al diseño instruccional a una teoría en particular es como poner a la escuela contra el mundo real. Lo que aprendemos en el ambiente escolar no siempre tiene empatía o tiene aplicación en el mundo real; al igual, las teorías, no siempre se cumplen en la práctica. Desde una perspectiva pragmática, la tarea del diseñador instruccional es la de encontrar aquellas cosas que si funciona y aplicarlas.

 

 

Ley de responsabilidad social en radio y televisión

Ley de responsabilidad social en radio y televisión

INTRODUCCIÓN

 

 En cuanto a los medios de comunicación  junto con los periodistas son los encargados de difundir la realidad de los hechos acontecidos  en el país, siendo los diferentes medios la fuente de informar al ciudadano en el acontecer del día a día y los hechos ocurridos en todo el territorio nacional y el extranjero, donde el periodista juega un papel importante  siendo su rol  el argumentar la información. Y no el de crear una matriz de opinión que confunda al ciudadano  que siempre cree y lee lo primero que ve confiando en la ética del periodista no busca alternativa en otras fuentes de información.

 

La programación de los medios tiene que ser variada para todos los gustos  y ser adaptadas a los niños y adolescentes con programas recreativos, educativos culturales y sin discriminación  y censura  que las de dicte la Ley.

  

Analizar la Ley  de Responsabilidad  social en radio y televisión.

 

El objetivo principal de esta Ley es de establecer la responsabilidad  social de los prestadores de los servicios de radio y televisión,  relacionados con  productores nacionales  independientes y los usuarios en el  proceso de difusión y recepción de mensajes, fomentando  el  equilibrio democrático  entre sus deberes derechos y sus intereses, a los fines de procurar  la  justicia social y de contribuir  a la formación de los ciudadanos, la democracia paz, los derechos  humanos, la educación, la cultura la salud y el desarrollo social económico de la nación, de conformidad con las normas y principios constitucionales, de la legislación para la protección integral de los niños niñas y adolescentes.

 

Las disposiciones  de la presente Ley se aplica a toda imagen o sonido cuya recepción tenga lugar  dentro del territorio de la República Bolivariana de Venezuela que sean difundidos a  través de los servicios públicos o privados.

 

Servicios de radio: Radiodifusión sonora  amplitud  modulada (AM); Radiodifusión sonora en frecuencia modulada (FM); Radiodifusión  sonora por onda corta, radiodifusión sonora comunitaria de servicio publico, sin fines de lucro, y servicios de producción nacional  audio difundidos a  través de un servicio de  difusión por suscripción.

 

Servicios de televisión: Televisión UHF; VHF, comunitaria de servicios públicos, sin fines de lucro; y servicios de producción nacional audiovisual, difundidos a través  de un servicio por suscripción.

 

Servicios de difusión por suscripción: Quedan sujetas a esta  Ley a  sus reglamentos y otras modalidades de servicio de radio y televisión que surjan como consecuencia del desarrollo  de las telecomunicaciones a través de los instrumentos jurídicos que se consideren  pertinentes.

  

Artículo 2.- El espectro radioeléctrico es un bien del dominio público; la materia regulada en esta   Ley es de interés  y sus  disposiciones  son de orden público

 

La interpretación de esta  Ley  estará  sujeta, sin perjuicio de los demás principios constitucionales a los siguientes principios: libre expresión  de ideas, opiniones y pensamientos; comunicación libre y plural; prohibición de censura previa; responsabilidad ulterior; democratización; participación solidaridad y responsabilidad social; soberanía; seguridad de la Nación y libre competencia.

 

 

Articulo 3.-     Los objetivos generales de esta Ley son:

 

1. Garantizar que las familias y las personas en general cuenten con los mecanismos  jurídicos  que les permitan desarrollar en forma adecuada  el rol y la responsabilidad  social  que les corresponde  como usuarios  y usuarias, en colaboración  con los prestadores de servicios de divulgación del estado.

 

2. Garantizar el respeto a la libertad de expresión e información, sin censura, dentro de los limites propios de un estado democrático y social de derecho y de justicia y con las responsabilidades que acarrea el ejercicio de dicha libertad, conforme con la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, los tratados internacionales ratificados por la República en materia de derechos humanos y la Ley.

 

3. Promover el efectivo ejercicio y respeto de los derechos humanos, en particular, los que conciernen a la protección del honor, vida privada, intimidad, propia imagen, confidencialidad y reputación y al acceso  a una información oportuna, veraz e imparcial, sin censura.

 

4. Procurar la difusión de información y materiales dirigidos  a los  niños  niñas y adolescentes que sean de interés social y cultural, encaminados al desarrollo  progresivo y pleno  de su personalidad, aptitud y capacidad mental, y física, el respeto a los derechos humanos, a sus padres, a  sus identidad cultural, a  las civilizaciones  distintas a las suyas, a asumir  una vida  responsable en libertad.

 

Y a formar de manera adecuada conciencia de comprensión  humana y social, paz tolerancia, igualdad de los sexos y amistad entre los pueblos, grupos étnicos, y personas de origen indígena y, en general  que contribuyan a  la formación   de la conciencia social  de los niños niñas adolescente y sus familias.

 

 

5. Promover la difusión de producciones nacionales y  producciones nacionales independientes  y fomentar el desarrollo de la industria  audiovisual nacional.

 

6. Promover el equilibrio  entre los deberes, derechos  e intereses  de las personas, de los prestadores de servicios  de divulgación y sus relacionados.

 

7. Procurar la difusión  de los valores de la cultura venezolana en todos sus ámbitos de expresión.

 

8. Procurar las facilidades para que las personas con discapacidad auditiva puedan disfrutar en mayor grado de la difusión de mensajes.

 

9. Promover la participación activa  y protagónica de la ciudadanía   para hacer valer  sus derechos  y contribuir al  logro de los objetivos consagrados en la  presente Ley.

 

 

 

LEY   DE LAS TELECOMUNICACIONES.

 

Artículo 4.- Se entiende por telecomunicaciones  toda transmisión,  emisión o recepción  de signos, señales, escritos, imágenes, sonidos o informaciones de cualquier naturaleza, por hilo radioelectricidad, medios ópticos, u otros medios electromagnéticos   afines, inventados o por inventarse. Los  reglamentos  que desarrollen  esta ley podrán reconocer de manera específica  otros medios o modalidades que pudieran  surgir en el ámbito de las telecomunicaciones  y que se encuadren  en los parámetros de esta ley.

 

A  los efectos de esta ley  se define el espectro  radioeléctrico como el conjunto de ondas electromagnéticas cuya frecuencia  se fija convencionalmente  por debajo de tres mil gigahertz (3000 GHz) y que se propagan por el espacio sin guía artificial.

 

El  espectro radioeléctrico se divide  en bandas de frecuencias. Que se designan por números enteros,  en orden creciente. Las bandad de frecuencia constituyen  el agrupamiento  o conjunto de ondas radioeléctricas   con los límites superior e inferior definidos convencionalmente. Estas a su vez pueden ser dividas en sub_bandas.

 

 

La Ley de telecomunicaciones  tiene por objeto establecer el marco legal de la regulación  general de las telecomunicaciones, a fin de garantizar el derecho humano de las personas  a la comunicación y a la realización  de las actividades económicas  de telecomunicaciones necesarias  para lograrlo, sin más limitaciones que las derivadas de la Constitución y las leyes.

 

Se  excluye del objeto de esta ley la regulación del contenido de las transmisiones y comunicaciones cursadas a través  de los distintos medios de telecomunicaciones, la cual se regirá por las disposiciones  Constitucionales, legales y reglamentarias correspondientes. (Art. 1)

 

Artículo 2.-    Los objetivos generales de esta Ley son:

 

1.- defender los intereses del usuario asegurando el derecho al acceso a los servicios de telecomunicaciones, en adecuadas condiciones de calidad, y salvaguardar, en la prestación de estos, la vigencia de los derechos constitucionales, en particular el respeto  a los derechos al honor, a la intimidad, al secreto en las comunicaciones y el de la  protección a la juventud y la infancia. A estos efectos, podrán  imponerse obligaciones a los operadores de los servicios para la garantía de estos  derechos.

 

2.- Promover y coadyuvar el ejercicio del derecho de las personas a establecer medios de  radiodifusión  sonora y  televisión abierta comunitarias de servicios públicos sin fines de lucro, para el ejercicio de la comunicación libre y plural.

 

3.- Procurar condiciones de competencias entre los operadores de servicios.

 

4.- Promover el desarrollo  y la utilización de nuevos servicios, redes y tecnologías cuando estén disponibles y el acceso a éstos, en condiciones de igualdad  de personas e impulsar la integración  del  espacio geográfico y la cohesión económica  social.

 

5.- Impulsar la integración  de los servicios de telecomunicaciones.

 

6.- Promover la investigación, el desarrollo y la transferencia tecnológica   en materia de telecomunicaciones, la capacidad y el empleo en el sector

 

7.- Hacer posible el uso efectivo, eficiente y pacifico  de los recursos  limitados de telecomunicaciones  tales como  la numeración y el espectro radioeléctrico, así como la adecuada  protección de este  último….

 

 

 

LEY DEL EJERCICIO DEL PERIODISMO.

 

El periodista se debe al público y por ello su información debe contribuir con su imparcialidad, veracidad, oportunidad y honestidad a que la verdad del suceso difundido sea evidente. Sin embargo el periodista es un profesional y un ser humano, puede  equivocarse y deberá entonces permitir al publico interesado el derecho a replica. Al autor de la noticia que considere que el planteamiento  realizado por el periodista  no se ajusta a lo que  él  expreso o declaró.

 

La aclaratoria es un derecho importante e irrenunciable, pues  se trata de establecer, la posibilidad de garantizar al público que un periodista cuando se equivoca, es capaz de admitirlo y reconocerlo.

  

En la Ley del periodismo:

 

Articulo 1.-  El periodismo es un servicio de interés colectivo  y el periodista esta en la obligación  de ejercerlo  consciente de que cumple una actividad  indispensable para el desarrollo integral del individuo y la sociedad

 

Artículo 2.- El periodista tiene su origen en la libertad de expresión  y el derecho a la información, normas democráticas consagradas en la constitución de la República. El periodista debe luchar por la vigencia y efectividad de tales principios.

 

Artículo 3.- El periodista debe impedir la concepción, promulgación y aplicación de decisiones  que de  alguna manera desminuyan, dificulten o anulen el ejercicio de la libertad de expresión y el libre acceso a las fuentes y los medios de información.

 

Artículo 8.- El periodista no deberá deformar, falsear, alterar, tergiversar o elaborar material informativo impreso o audiovisual, cuya divulgación  o publicación resulte denigrante o humillante para la condición  humana

Parágrafo único. Es condenable el uso de técnicas  amarillistas como deformaciones del periodismo que afectan  el derecho del pueblo a ser correctamente informado.

 

Articulo 9.- El periodista no debe amparase en el anonimato. Debe hacer uso correcto del seudónimo. El uso de seudónimo  que no permita la identidad  del periodista responsable por su información, artículo, columna u otro género periodístico  cualquiera, será   considerado como un anónimo y, en consecuencia, podrá aplicarse la sanción jurídica a que hubiere lugar, así como denunciarlo ante el tribunal disciplinario competente

  

LEYES CONEXAS.

 

 * LA CONSTITUCIÓN DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA:

 

Artículo 57.- Toda persona tiene derecho a expresar  libremente sus pensamientos, sus ideas u opiniones  de viva voz, por escrito o mediante cualquier  otra forma de expresión  y de hacer uso  para ello de cualquier medio de comunicación y difusión,  sin que pueda establecerse censura. Quien  haga uso de este derecho  asume plena responsabilidad por todo lo expresado. No se permite el anonimato, ni la propaganda de guerra, ni los mensajes  discriminatorios, ni los que promuevan  la intolerancia religiosa.

 

Artículo 58.- La comunicación es libre y plural y comporta los deberes  y responsabilidades que indique  la Ley. Toda persona tiene derecho a la información oportuna, veraz e imparcial, sin  de acuerdo a los principios de esta Constitución, así como a la replica y rectificación  cuando se vea afectada directamente por informaciones inexactas o agraviantes.

 

 * LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE:

 

Articulo  67.- Todos los niños y adolescentes tiene derecho a expresar libremente su opinión y a difundir  ideas, imágenes e informaciones  de todo tipo, sin censura previa ya sea oralmente, por escrito, en forma artística  o por cualquier otro medio  de su elección, sin más límites que los establecidos  en la Ley para la protección de sus derechos, los derechos de las demás  personas y el orden público.

 

Artículo 68.- Todos los niños y adolescentes tienen derecho  a recibir,   buscar  y utilizar todo tipo de información que sea acorde con su desarrollo y a seleccionar  libremente el medio y la información a recibir, sin más  limites  que los establecidos en la Ley y los derivados de las  facultades legales que  corresponden  a sus padres, representantes o responsables.

 

Artículo 70.- Los medios de comunicación de cobertura nacional, estadal y local tienen la obligación  de difundir  mensajes dirigidos exclusivamente a los niños y adolescentes, que atiendan  a sus necesidades  informativas. Entre ellas: las educativas, culturales, científicos, artísticas, recreacionales y deportivas  Así  mismo, deben promover la difusión  de los derechos y garantías y deberes  de los niños y adolescentes.

  

* LAS COMUNICACIONES EN EL ESTADO  DE DERECHO  Y  DE  JUSTICIA EN EL SOCIALISMO DEL SIGLO  XXI.

 

Se caracteriza por ser democrático  donde  todos tenemos derecho a la  participación  en otras  épocas no teñíamos  acceso a las informaciones, a la educación  ahora tenemos medios de informaciones alternativos  donde  todos tenemos derechos y deberes, gracias a los avances  de la tecnología la información   llega a todos los países  con mucha rapidez . 

 

El Articulo 2 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela  dice:

Venezuela se constituye en un estado democrático y social de Derecho  y de justicia, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación, la vida la libertad. La justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad  social y, en general, la preeminencia de los derechos humanos, la ética y el pluralismo político.

 

ANALISIS.

 

LEY DE RESPONSABILIDAD SOCIAL EN RADIO Y TELEVISION.

 

ANALISIS DEL ARTÍCULO 1 DE LA  LEY DE RESPONSABILIDAD SOCIAL EN RADIO Y TELEVISION. En este artículo resalta los valores  como instrumento de virtud del ser humana, que son necesarios para  la convivencia e igualdad de un estado,  fortaleciendo la ética   y el pluralismo político

 

El fin de este articulo es instituir  a los prestadores de servicios  de radio y televisión, sean productores nacionales o independientes, el equilibrio democrático entre sus derechos y deberes, CONTRIBUYENDO A LA FORMACION DEL CIUDADANO, LA DEMOCRACIA, PAZ, LOS DERECHOS HUMANOS LA EDUCACION , CULTUA,  LA SALUD Y EL DESARROLLO SOCIAL ESCONOMICO DE LA NACION, PROTEGIENDO A LOS NIÑOS Y ADOLESCENTES.

 

ANALISIS DEL ARTÍCULO 2.- Esta Ley es de interés público en virtud de su trascendencia  en cuanto a materia social, cultural, política, económica  y de la seguridad nacional y esta sujeta a los principios jurídicos, y los principios de libre expresión  de ideas y opiniones, pensamientos, comunicaciones libres, responsabilidad social, solidaridad, soberanía, libre competencia y el dominio público del espectro radioeléctrico. Favoreciendo  siempre los usuarios de los servicios de radio y televisión.

 

 

ANALISIS DEL ARTÍCULO 3.- Este garantiza que todos los seres humanos cuenten con los mecanismos jurídicos que le faciliten desempeñarse  en el rol, y la responsabilidad social que le corresponde como espectadores  y colaborar con los prestadores de servios de divulgación y con el estado.

Garantiza el respeto a la libertad de expresión e información sin censura dentro de los límites del estado. Preteje los derechos humano, el honor, vida privada, intimidad, la imagen, confidencialidad, reputación y el acceso a la información. Garantiza una adecuada información y materiales dirigidos a los niños y adolescentes, garantizando el desarrollo pleno  personalidad, y aptitud y capacidad mental y física  el respeto a los derechos humanos y  a sus padres, formar de manera adecuada  conciencia de comprensión humana donde halla paz , tolerancia,  igualdad de sexo, amistad entre los pueblos, grupos étnicos. Respetando el idioma, lengua, identificación, intensidad de audio e himno nacional

 

 

LEY DE TELECOMUNICACIONES.

 

Análisis Artículo 4.- Entendiéndose  por telecomunicación toda trasmisión, emisión o recepción de signos, señas, escritos sonidos, imágenes o sonidos de cualquier  naturaleza, por hilo radioectrico      o por medios ópticos o electromagnéticos, inventados o por inventarse

 

ANALISIS ARTÍCULO 1.- Este establece el marco legal  para regular a las telecomunicaciones, garantizándole el derecho humano de  las personas a mantenerse comunicados .Excluyendo del objeto

De esta ley el contenido de las programaciones.

 

ANALISIS DEL ARTÍCULO 2.- Defiende a los usuarios, asegurando su derecho al acceso de los servicios de telecomunicación, en las condiciones adecuadas protegiendo en la prestación de esta  la vigencia y los derechos establecidos en la constitución de la republica.

 

Protegiendo  la infancia y a la juventud, Promocionando y  coadyuvar en el oficio del derecho de los ciudadanos  a establecer medios de difusión sonora y televisión abierta comunitarias de servicio publico sin fines monetarios.

 

LEY DEL PERIODISTA

 

ANALISIS ARTÍCULO 1.- El periodista  es un servidor y se debe al público, y este está en la obligación de ejercer su profesión con objetividad para el buen desarrollo integral del individuo y la sociedad.

 

ANALISIS DEL ARTÍCULO 2.- Este se debe a la libertad  de expresión y el derecho a la información y sus principios consagrados en la constitución de la republica, el periodista debe luchar por sus ideales.

 

 ANALISIS DEL ARTÍCULO 3.- El periodista  debe impedir aplicaciones o dediciones que disminuyan dificulten o anulen el ejercicio de la libertad de expresión, el acceso a las fuentes y medios de información.

 

ANALISIS DEL ARTÍCULO 8.- El periodista no debe cambiar, alterar, tergiversar o emitir material informativo impreso o audiovisual, cuyo contenido resulte denigrante o humillante para la condición humana. El periodista no debe usar técnicas amarillista, pues se arriesga a ser sancionado.

 

ANALISIS DEL ARTÍCULO 9.- El periodista  no debe esconderse  detrás del anonimato.Debe hacer uso correcto del seudónimo. El uso de seudónimos que no permitan la identidad del periodista responsable por su  información, articulo, columna, u otro género periodístico  es considerado como anonimato y en consecuencia puede  es sancionado

 

Análisis de los artículos  57 y 58 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.- Articulo 57  dice que todos tenemos derechos a expresar nuestra ideas  u opiniones  por medios escritos o por otros medios, siendo responsables nosotros de las opiniones emitidas.

 

Articulo 58  dice que la comunicación es libre y plural  es una de las conquista que tenemos  pues todos debemos  estar informados  de lo que sucede en el país y en otros países.  

 

CONCLUSION

 

Los medios de comunicación y la responsabilidad que tienen los periodistas  al ofrecer sus programas y sus informaciones no llevan hacernos reflexionar, y estar más pendiente de todos los medios de comunicación  ya sea escrito, radiodifusión, televisión.

 

Debido a que los grandes medios de comunicación  solo les interesan es el capital y no objetivos en cuanto a la programación, Los dueños de estos medios  intimidan al periodista para que este  no  de la información veraz, como el ciudadano se lo merece.

 

La línea Editorial de los medios de comunicación viene sesgada, obedeciendo obviamente a otros intereses que no son la veracidad y oportunidad de información.

 

Es hecho público y notorio como personas que dan opinión de diversos temas lo toman como noticia, cuando existe una diferencia entre opinión personal y noticia. 

 

BIBLIOGRAFIA CONSULTADA.

 

Constitución de la República Bolivariana de  Venezuela

 

Ley Orgánica  de de Telecomunicaciones

 

Ley del Periodismo

 

Ley de Responsabilidad Social de  Radio  y Televisión

 

Ediciones  “Socialismo del Siglo XX1.

Los medios didácticos y los recursos educativos

Los medios didácticos y los recursos educativos

LOS MEDIOS DIDÁCTICOS Y LOS RECURSOS EDUCATIVOS.

En la Educación, el proceso Enseñanza – Aprendizaje (Relación ida y vuelta), cualquier material físico o no físico, que conlleve a lograr los objetivos planteado tras la búsqueda de objetivos, se denomina medio didáctico o recurso educativo.

 

  • Medio Didáctico: Se denomina así a cualquier material creado con la intención única de ser utilizado en el proceso enseñanza aprendizaje. El primer medio didáctico es el Facilitador y muchas veces el único. Su fin es que se atienda a los procesos de adquisición de aprendizajes significativos, proporcionando información necesaria y suficiente para lograr los objetivos, es decir son materiales autosuficientes, además proporciona recursos motivacionales. En muchos casos estos medios deben proporcional un sistema de auto evaluación de los contenidos

Ejemplos: Textos de estudios, Guías, Libros, Formularios entre otros.

·        Recurso Educativo:   Se llama a cualquier material que en el contexto educativo, es utilizado para obtener objetivos educativos, facilitando el desarrollo de las actividades de formación. Los recursos didácticos se deben utilizar, fundamentalmente, para señalar los puntos claves, para destacar aquellos aspectos de mayor importancia y para facilitar que sean aprehendidos por los participantes.

Ejemplos: Video Dím, Computador, Retroproyector, Televisión.

 

El concepto de Recurso Educativo es dinámico, algunas veces se solapa como medio didáctico, cuando se inserta en el proceso de enseñanza aprendizaje, per se no es un material didáctico.


COMPONENTES ESTRUCTURALES DE LOS MEDIOS EDUCATIVOS.

- El sistema de símbolos (textuales, icónicos, sonoros) que utiliza. En el caso de un vídeo aparecen casi siempre imágenes, voces, música y algunos textos.

 

- El contenido material (software), integrado por los elementos semánticos de los contenidos, su estructuración, los elementos didácticos que se utilizan la forma de presentación y el estilo. En definitiva: información y propuestas de actividad.

 

- La plataforma tecnológica (hardware) que sirve de soporte y actúa como instrumento de mediación para acceder al material.

 

- El entorno de comunicación con el usuario, que proporciona unos determinados sistemas de mediación en los procesos de enseñanza y aprendizaje. Si un medio concreto está inmerso en un entorno de aprendizaje mayor, podrá aumentar su funcionalidad al poder aprovechar algunas de las funcionalidades de dicho entorno.

 CONPONENTES ESTRUCTURALES DE LOS RECURSOS DIDACTICOS.

Cada medio didáctico ofrece unas determinadas prestaciones y posibilidades de utilización en el desarrollo de las actividades de aprendizaje que, en función del contexto, le pueden permitir ofrecer ventajas significativas frente al uso de medios alternativos. Para poder determinar ventajas de un medio sobre otro, siempre debemos considerar el contexto de aplicación (un material multimedia hipertextual no es "per se" mejor que un libro convencional). Estas diferencias entre los distintos medios vienen determinadas por sus elementos estructurales:

- El sistema de simbólico que utiliza para transmitir la información: textos, voces, imágenes estáticas, imágenes en movimiento. Estas diferencias, cuando pensamos en un contexto concreto de aplicación, tienen implicaciones pedagógicas, por ejemplo: hay informaciones que se comprenden mejor mediante imágenes, algunos estudiantes captan mejor las informaciones icónicas concretas que las verbales abstractas...

 

- El contenido que presenta y la forma en que lo hace: la información que gestiona, su estructuración, los elementos didácticos que se utilizan (introducción con los organizadores previos, subrayado, preguntas, ejercicios de aplicación, resúmenes, etc.), manera en la que se presenta... Así, incluso tratando el mismo tema, un material puede estar más estructurado, o incluir muchos ejemplos y anécdotas, o proponer más ejercicios en consonancia con el hacer habitual del profesor, etc.

  

- La plataforma tecnológica (hardware) que sirve de soporte y actúa como instrumento de mediación para acceder al material. No siempre se tiene disponible la infraestructura que requieren determinados medios, ni los alumnos tienen las habilidades necesarias para utilizar de tecnología de algunos materiales.

 

- El entorno de comunicación con el usuario, que proporciona unos determinados sistemas de mediación en los procesos de enseñanza y aprendizaje (interacción que genera, pragmática que facilita...). Por ejemplo, si un material didáctico está integrado en una "plataforma-entorno de aprendizaje" podrá aprovechar las funcionalidades que este le proporcione. Otro ejemplo: un simulador informático de electricidad permite realizar más prácticas en menor tiempo, pero resulta menos realista y formativo que hacerlo en un laboratorio.

 

Tomado de: http://dewey.uab.es/pmarques/medios.htm